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lunes, 14 de julio de 2025

A CONCURSO LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL DE PLAGAS EN EL MUNICIPIO DE ARANJUEZ CON UN VALOR ESTIMADO DE CONTRATO CERCANO A LOS 36.000 EUROS.

 La plataforma de contratación del Estado ha publicado toda la información sobre el concurso anunciado desde la Delegación de Salud para el servicio de control de plagas en el municipio de Aranjuez. El objeto del concurso es la ejecución del servicio de control de la población de los diferentes vectores perjudiciales para la salud, aplicando los tratamientos de desratización, desinsectación y desinfección, coordinados y dirigidos a conseguir el más alto nivel de mortalidad entre la población de múridos (ratas y ratones), artrópodos (cucarachas, mosquitos, moscas, avispas, garrapatas, pulgas, etc.), parásitos y microorganismos perjudiciales para la salud. Se llevarán a cabo los tratamientos antivectoriales necesarios para prevenir y controlar la aparición de plagas de vectores con incidencia en la salud pública que junto a la adopción de medidas de saneamiento ambiental garanticen unas condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.

Jesús Mario Blasco, Concejal Portavoz de la Agrupación Ciudadana independiente para Aranjuez afirma que “en el último pleno preguntamos sobre el plan de fumigación e información a los vecinos y no se nos informó sobre este concurso. Esto viene a reflejar la importancia que tiene para quien nos gobierna el trabajo que dedican los Grupos Municipales a preparar los asuntos que se tratan en el Pleno. En definitiva, nos alegra el poder seguir enterarnos de los contratos que llevan a cabo nuestros gobernantes y socios de gobierno para seguir informando a los ciudadanos… y sepan qué se hace con su dinero… aunque no sean capaces de responderlo en el pleno celebrado hace apenas 3 semanas”. 


El servicio de vigilancia y control vectorial se prestará en todo el término municipal de Aranjuez, incluyendo urbanizaciones, polígonos industriales y la entidad local menor del Cortijo de San Isidro. El ámbito de aplicación englobará lo siguiente:


Red general de saneamiento. 

  • Zonas de uso público, como vías públicas, parques, jardines y otras zonas verdes.

  • Fuentes ornamentales y de agua potable, depósitos de agua, estanques, canalizaciones.

  • Márgenes del río Tajo y ría, lagunas y otras zonas verdes naturales.

  • Solares de titularidad municipal, obras en vía pública.

  • Zonas habilitadas para el recreo de animales domésticos e islas ecológicas y contenedores soterrados.

  • Otras redes públicas de distribución y abastecimiento de servicios, instalaciones eléctricas en el área urbana y periurbana y arquetas de distribución.

  • Edificios, dependencias y centros municipales. 

  • Colegios públicos y servicios educativos con mantenimiento municipal.

  • Zonas verdes periurbanas donde se arrojan desperdicios. 

  • Contenedores soterrados, vertederos y escombreras incontroladas. Márgenes de carreteras de acceso o que discurran por el municipio.

  • Proximidades de galerías de alimentación, almacenes de productos alimenticios, depósitos de agua potable, depuradora y matadero.

  • Edificios deshabitados. 

  • Lugares que aun sin ser de dominio y uso público o municipal constituyan puntos singulares de infección.  

  • Lugares denunciados que, sin estar comprendidos en los apartados anteriores, puedan tener una razonable relación con los mismos.

  • Cualquier otro lugar que la autoridad sanitaria competente ordene

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