lunes, 18 de mayo de 2026

Crónica del Real Aranjuez Club de Fútbol de la jornada 17 de mayo











 

Propuestas, ruegos y preguntas que presenta Coalición por Aranjuez en el próximo Pleno

 

RUEGO ESCRITO QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN POR ARANJUEZ, PARA SU INCORPORACIÓN AL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO  DEL AÑO EN CURSO, DIRIGIDO AL DELEGADO DE URBANISMO O DELEGADA DE OBRAS. 

OBJETIVO: Atender adecuadamente la situación de las calzadas de las calles Madrid, Princesa y Vereda de Colmenar, con intervenciones urgentes que permitan la circulación, hasta que se busque una actuación estructural. 

El borrador de presupuesto para el ejercicio de 2026 incorpora una partida de gasto de 1.400.000€ de asfaltado para distintas calles de Aranjuez, partida que se nos antoja insuficiente por las enormes necesidades del municipio. 

No conocemos aún el objetivo concreto de asfaltado para la ciudad, sí que somos conscientes de que existen calles que están absolutamente abandonadas, aunque no sean responsabilidad directa del Ayuntamiento, como no lo son otros gastos y actuaciones. 

La calle Madrid, una de las calles que nace de la Parada de Palacio y que forma parte del Raso  de la Estrella y de los espacios que se están recuperando como el del Paseo de Sabatini, que se  encuentra en una realidad de abandono absoluto, requiere de una actuación urgente, porque  sería tanto pretender poner una zona en limpio, ocultando otras realidades dos calles más al  fondo. 

Vereda de Colmenar, en su tramo comprendido entre la Carretera de Madrid (M-305) y la calle  Princesa, donde la circulación es imposible, y yendo el deterioro en aumento. Ya conocemos que  es responsabilidad de la Comunidad de Madrid, que son espacios que deben tener actuaciones  correspondientes al entorno, pero lo que no puede ser es que el nivel de deterioro y la falta de  actuación, conviertan esta calzada en inutilizable. Consideramos que también debe tener una  actuación urgente. 

Calle Princesas o Paseo de la Princesa, desde la calle Ojalvo hasta el conocido como Gango de  las Calabazas, se quedó sin resolver cuando se llevó a cabo la actuación en este Paseo. Durante  un kilómetro, la calzada está absolutamente impracticable y peligrosa, al tiempo de que  habiendo dos gangos en esa calle o paseo, uno de ellos como es el llamado el Paraíso, tiene  todo su entorno absolutamente deteriorado. Adjuntamos fotografías del tramo de la calle  Princesa que son representativas de las otras dos calles del presente ruego escrito.


Con la idea a priori de considerar que todos los responsables de la Corporación somos  conscientes y conocedores de esta realidad, desde el Grupo Municipal venimos a plantear el  siguiente Ruego Escrito:

Señor y/o Señora delegados de Urbanismo y Obras, les instamos a que valoren realizar las  actuaciones necesarias para llevarse a cabo con la celeridad que se precisa, antes de que la  movilidad aumente por estas calzadas, y para facilitar, en el caso de la Calle Vereda de  Colmenar y calle de la Princesa, la accesibilidad adecuada para los propietarios de huertas,  trabajadores y usuarios de los gangos de la zona, las actuaciones necesarias para llevarse a  cabo con la celeridad que se precisa. 

RUEGO ESCRITO QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN POR ARANJUEZ, PARA SU INCORPORACIÓN AL PLENO ORDINARIO DEL MES DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, DIRIGIDO AL ALCALDE PRESIDENTE. 

OBJETIVO: Que los acuerdos aprobados y ruegos aceptados en los Plenos Ordinarios de la Corporación Municipal cuenten con un protocolo de seguimiento y cumplimiento. 

El esfuerzo continuado que los grupos municipales de la oposición realizamos, en representación  de los vecinos y vecinas que han depositado su confianza en nosotros, y que proyectamos desde  distintas formas, especialmente las establecidas de carácter institucional, por la legitimación que  nos asiste como representantes de ciudadanos recogidas en distintas leyes y reglamentos, no  tienen una proyección perceptible ni clara en su ejecución. 

De las distintas formas, las reconocidas por todos, reglamentadas y reguladas, son las que a  través de los Pleno Ordinarios trasladamos para la mejoras de la ciudad y en consonancia para  las mejoras en la vida de los vecinos y vecinas. 

No existe nada que nos obligue, nuestra responsabilidad y creencia en los instrumentos  institucionales nos hace pensar que proyectar iniciativas para nuestra ciudad, que son aprobadas  y reconocidas en los Plenos, deben tener el recorrido que merecen. Este es uno de los  indicadores de que verdaderamente las Instituciones y Administraciones son democráticas, y un  compromiso cierto con la necesaria alternancia, sentando las bases para que todas las  Corporaciones actúen con el mismo respeto y los mismos compromisos. 

Quienes tienen la responsabilidad y autoridad, por delegación, para ejecutar los acuerdos y  compromisos adquiridos con los ruegos deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el  efectivo cumplimiento, insistimos como respeto a la función representativa de todos los grupos  políticos y a la voluntad democrática expresada por la Corporación. 

Consideramos, para esto, necesario mejorar los mecanismos de seguimiento y ejecución de las  iniciativas plenarias, evitando que propuestas aprobadas permanezcan durante largos periodos  sin desarrollo, información pública o calendario previsto de actuación. 

Señor Alcalde, la demostración del respeto democrático, el compromiso con la trasparencia y el  buen hacer en la institución debe pasar por el verdadero compromiso y reconocimiento a todo  lo que se debate y aprueba en los Plenos.  

Señor Alcalde, esperando que comparta nuestra reflexión venimos a trasladarle el  siguiente ruego:  

Su compromiso directo para impulsar las acciones necesarias para cumplir y hacer  cumplir los compromisos del pleno, donde se incorporen decisiones que permitan  contar de manera periódica con una relación actualizada del estado de ejecución de  los acuerdos plenarios. Los cumplidos, los que se encuentren en tramitación, los que  tengan dificultades y qué dificultades, los que deban aplazarse y el porqué de su aplazamiento, los que requieran otros informes, incluso los que no se puedan  cumplir con las causas que lo impidan o los motivos de los retrasos que lleven a su  aplazamiento, si esta es la causa del incumplimiento.  

De igual modo, Sr. Alcalde, le trasladamos que dicha información que debe determinarse de  manera protocolaria o reglamentarse, debe ser accesible a la ciudadanía a través de los canales  oficiales municipales, reforzando así la transparencia institucional, la rendición de cuentas y la  confianza de los vecinos en el funcionamiento del Ayuntamiento

PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN POR  ARANJUEZ AL PLENO ORDINARIO DE LA CORPORACIÓN DEL MES DE MAYO DEL  AÑO EN CURSO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN SI PROCEDE.  

Objetivo: Nueva instalación de un parque de CALISTENIA en el entorno de los  Barrios del Pinar, Vergel Oliva y las Aves. 

Consideramos desde el Grupo Municipal de Coalición por Aranjuez que el Ayuntamiento de  Aranjuez tiene que priorizar esfuerzos para dotar a todas las zonas del municipio de espacios  para el deporte al aire libre, fomentando todo tipo de actividades deportivas. Somos conscientes  de la gran oferta existente tanto municipal como privada, pero creemos que se debe dar un paso  más para acercar el deporte a más segmentos de la sociedad y en más zonas del municipio, sin  importar el nivel económico de los usuarios. 

La calistenia es un claro ejemplo, además de ser un tipo de disciplina que se acerca, cada vez más  a un numeroso grupo de personas, no solo jóvenes. No solo se trata de una moda, sino que los  expertos están de acuerdo en que los ejercicios de fuerza son altamente beneficiosos para  personas de todas las edades, sobre todo, pasados los cincuenta años de edad. 

Son muchos los beneficios que este tipo de deporte aporta: 

La fuerza funcional obtenida en calistenia mejora el rendimiento en actividades diarias y  en otras disciplinas deportivas. 

Favorece la salud cardiovascular, la movilidad articular y la postura, además de aumentar  la autoestima y la percepción positiva del cuerpo. 

Entrenar en parques o espacios abiertos ayuda a reducir el estrés y aporta un extra de  bienestar gracias al contacto con la naturaleza. 

Conocer a otras personas con tus mismos objetivos, lo que fomenta la motivación y la  creación de grupos de entrenamiento. 

Desarrollas fuerza real, equilibrio, proporción y control total de tu cuerpo, lo que se  traduce en mejor postura y menos lesiones.




Además de los que ya existen: La Piragüera, Pasaje del Aire, nuestra propuesta quiere centrarse  en la Zona del Pinar, Vergel-Olivas y Las Aves, donde existe una gran índice de población y,  aunque existen dos zonas deportivas y varios gimnasios privados, insistimos en que fomentar el  ejercicio físico, cada uno desde su nivel, con una disciplina que no requiere de un material  sofisticado, de un mantenimiento razonable y, sobre todo, gratuito es positivo y necesario. 

Somos conocedores y conscientes de los problemas que el Parque situado en el Pasaje del Aire  ocasiona en un vecino de aquella zona, por lo que su ubicación debe estar bien pensada con el  objetivo de ser muy útil y no ocasionar molestias a nadie. 

Consideramos posible que su colocación pueda hacerse en las instalaciones exteriores del  Polideportivo de Las Olivas, en al acceso libre. Un lugar cercano, pero suficientemente alejado de  las viviendas para evitar posibles molestias a los vecinos y que forme parte de toda la oferta que  el Centro Deportivo las Olivas pueda trasladar, de uso gratuito para los vecinos y vecinas. 

No se trata de una ocurrencia, ni de proponer por proponer, se trata de estar de acuerdo con  aumentar todas las ofertas posibles de instalaciones deportivas para los vecinos y vecinas, por lo  que venimos a proponer: 

Estudiar el coste y la ubicación de un Parque de Calistenia que dé servicio a la Zona  de la Ciudad de los barrios del Pinar, Vergel Olivas y las Aves, teniendo como  espacio preferente el Centro deportivo de Las Olivas, o los entornos a este. 

Poner en común con los grupos municipales el estudio realizado, con la clara  decisión de llevarlo a cabo en el menor tiempo posible si el coste es asumible, como  así lo consideramos en nuestro grupo municipal, y la ubicación es la adecuada y la  mejor posible en función de los criterios técnicos. 

NOTA: Adjuntamos una guía para la instalación de parques de calistenia 


PROPOSICIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN POR  ARANJUEZ AL PLENO ORDINARIO DE LA CORPORACIÓN DEL MES DE MAYO DEL  AÑO EN CURSO, PARA SU DEBATE Y APROBACIÓN SI PROCEDE.  

Objetivo: Valorar adecuadamente si las condiciones que se han establecido para el alquiler  de las viviendas del Plan Vive en Aranjuez, cumplen con los objetivos establecidos para que  de forma general puedan ser asequibles. Instar a la Comunidad de Madrid a revisar los  precios de los alquileres, para conseguir el cumplimiento de los objetivos establecidos en el  proyecto político del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para estas viviendas  recogido en el Decreto 84/2020 de 7 de octubre. 

En el pleno del mes de abril, el mes pasado, se pudo debatir la propuesta presentada por el GM  del PSOE, cuya petición fue la siguiente: 

Propuesta que fue aprobada por mayoría simple, con los votos a favor de los grupos municipales  de PSOE, CpA, ACIPA, MM V-Q, la abstención del GM de Vox y el voto en contra del GM del PP. 

De igual modo, nuestro grupo, presentó una pregunta escrita dirigida a la Delegada de Atención  Social o Servicios Sociales, para conocer cuál era la posición del Gobierno Municipal con respeto  a las condiciones económicas, alquiler, de las viviendas del Plan Vive, cuya respuesta se puede  concluir en la siguiente opinión: no son viviendas sociales. 

En base a la propuesta aprobada en el Pleno de la Corporación del mes de abril del año en curso,  y atendiendo al punto primero de esta: “Instar a la Comunidad de Madrid a garantizar que  las viviendas del Plan Vive en Aranjuez tengan precios realmente asequibles…” , desde el  Grupo Municipal de Coalición por Aranjuez queremos compartir con el conjunto de la  Corporación Municipal la siguiente información, correspondiente al Decreto 84/2020 de 7 de  octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el  procedimiento de asignación y el uso de viviendas construidas al amparo de concesión demanial  en suelos de redes supramunicipales y que en su Art.7 Requisitos de acceso a las viviendas  que en su apartado 1.c.) se establece:


c) Que los ingresos anuales de la unidad de convivencia, correspondientes a los datos fiscales más  recientes disponibles, alcancen en su conjunto un mínimo de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de  Efectos Múltiples (IPREM) y no sobrepasen el límite de 5,5 veces el IPREM, si se trata de viviendas con  

protección pública para arrendamiento de precio básico, ni de 7,5 veces IPREM si se tratara de viviendas  con protección pública para arrendamiento de precio limitado. 

Para el cálculo de los ingresos, estos se ponderarán mediante la aplicación de los siguientes coeficientes  multiplicativos correctores establecidos en función del número de miembros de la unidad de convivencia: 

1.o Coeficiente 0,800; para unidades de un miembro. 

2.o Coeficiente 0,776; para unidades de dos o tres miembros. 

3.o Coeficiente 0,744; para unidades de cuatro miembros. 

4.o Coeficiente 0,704; para unidades de cinco miembros. 

5.o Coeficiente 0,700; para unidades de seis o más miembros. 

Para la acreditación de los ingresos se partirá de las cuantías de la base imponible general y del ahorro,  reguladas en los artículos 48 y 49 respectivamente, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto  sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre  Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, correspondiente a los datos fiscales  más recientes disponibles en el momento de la solicitud.  

Excepcionalmente y ante la no disposición de datos fiscales recientes o en el supuesto de que dichos datos  hayan sufrido una variación significativa, se podrán solicitar otras informaciones, incluyendo una  declaración responsable sobre sus ingresos, a efectos de determinar los ingresos reales. La cuantía  resultante se convertirá en número de veces el IPREM, referido a 14 pagas, en vigor durante el período al  que se refieran los ingresos evaluados 

El decreto, en el mismo artículo 7.1. en su apartado d) contiene: d) Que el importe de la renta anual  a abonar no exceda del 35 por 100 de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia. 

Considerando que hay que tener en cuenta los requisitos establecidos en el Decreto 84/2020 de  7 de octubre en su artículo 7 apartados c y d, desde el Grupo Municipal, en pro de los intereses  de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad, para los que inicialmente están enfocadas las 400  viviendas del Plan Vive de Aranjuez, y por lo establecido en la primera parte del apartado f) del  Art. 7.1., venimos a compartir con el Conjunto de la Corporación Municipal el análisis que  hemos realizado con datos concretos, comparando la oferta conocida sobre los costes de la  renta del alquiler que se requiere con valores de mercado en nuestra ciudad para comprobar si  se cumple o no el Decreto. 

La información de la oferta, transmitida desde la empresa promotora en distintos medios  de comunicación, que no ha sido desmentida, y la propia de la Comunidad de Madrid en su  decreto de octubre de 2020, nos hace afirmar lo siguiente: 

Las viviendas son las denominadas de alquiler asequible o precio asequible. Las viviendas se corresponden con los precios de renta sobre el alquiler VPPB. Las viviendas de un dormitorio (38 m2 habitables o 44 m2 construidos) tendrán una  

renta de alquiler de 546€ al mes; a esta renta habrá que añadirle, de forma  adicional, gastos de comunidad (limitado a 18% de la renta mensual de alquiler, o  en su caso al porcentaje aplicable según los Pliegos que rigen en la concesión), IBI y 

otras tasas municipales. ( Añadido que ante la falta de información detallada es  imposible de valorar objetivamente, pero sobre lo que se puede hacer una estimación) Las viviendas de dos dormitorios (¿? m2 habitables o ¿? m2 construidos) tendrán una  renta de alquiler de 671€ al mes; a esta renta habrá que añadirle, de forma 

adicional, gastos de comunidad (limitado a 18% de la renta mensual de alquiler, o  en su caso al porcentaje aplicable según los Pliegos que rigen en la concesión), IBI y  otras tasas municipales. ( Añadido que ante la falta de información detallada es  imposible de valorar objetivamente, pero sobre lo que se puede hacer una estimación) 

Las viviendas de tres dormitorios (75 m2 habitables o 86 m2 construidos) tendrán  una renta de alquiler de 815€ al mes; a esta renta habrá que añadirle, de forma  adicional, gastos de comunidad (limitado a 18% de la renta mensual de alquiler, o  en su caso al porcentaje aplicable según los Pliegos que rigen en la concesión), IBI y  otras tasas municipales. ( Añadido que ante la falta de información detallada es  imposible de valorar objetivamente, pero sobre lo que se puede hacer una estimación) 

En el citado artículo 7.1.c) se establece que el tipo de Protección Pública de las viviendas en  Aranjuez del Plan VIVE son las VPPB. Son viviendas públicas protegidas, cuya definición  correcta es: Viviendas de Protección Pública Básica, destinadas a personas con ingresos más  bajos, son incluso más accesibles que otras viviendas de protección pública como son las de  precio limitado. El objetivo de dirigirse a personas con ingresos más bajos, claramente está  dispuesto en el Decreto, que establece que los ingresos mínimos deben establecerse en 1,5  veces el IPREM y máximo 5,5 veces el IPREM. 

1,5 veces IPREM en 14 pagas………………….12.600,00€ anuales 

2 veces IPREM en 14 pagas…………………. 16.800,00€ anuales 

3 veces IPREM en 14 pagas…………………. 25.200,00€ anuales 

4 veces IPREM en 14 pagas…………………. 33.600,00€ anuales 

5,5 veces IPREM en 14 pagas………………….46.200,00€ anuales. 

Tras analizar y compartir esta información, remitiéndonos a la propuesta aprobada, la primera  reflexión que compartimos es qué o cuál es el concepto de ASEQUIBLE en referencia a los  alquileres. El concepto que se desprende de la interpretación de distintas leyes define que la vivienda en alquiler asequible es un tipo de arrendamiento promovido por el Gobierno y  por las administraciones públicas destinado a ofrecer hogares con alquileres más bajos que  los del mercado libre. La iniciativa tiene el objetivo de facilitar el acceso a viviendas dignas  para personas o familias cuyos ingresos no son suficientes para afrontar los elevados  precios actuales, especialmente en zonas donde el coste del alquiler es muy alto. 

Un ejemplo actual y relevante, le podemos encontrar en el Ayuntamiento de Alcobendas, que ha  puesto en marcha un programa de vivienda asequible con 39 viviendas disponibles. Esta oferta  ha despertado un enorme interés, recibiendo 2.571 solicitudes en muy poco tiempo. Estas  viviendas incluyen pisos de 1 a 3 dormitorios, con garaje y trastero, y los alquileres oscilan  entre 460 y 750 euros mensuales, dependiendo del tamaño. Esto representa una reducción  considerable frente a los precios del mercado libre en la zona, facilitando el acceso a hogares  dignos para muchas familias.

Siguiendo con la reflexión y teniendo como referente posibles alquileres asequibles, aportamos  documentos, que reflejan una orientación exacta sobre el valor medio del coste del alquiler en  Aranjuez en el mercado libre, incluyendo una simulación con lo que pudieran ser un ejemplo por 

proximidad y por condiciones, con la única salvedad de que no permite poner la fecha de  construcción actual. 

Aportamos: Doc. 1 Evolución del precio de la vivienda en alquiler en Aranjuez (IDEALISTA)  Doc. 2 Certificado Informativo de Referencia de Alquiler Vivienda 44 m2 . 

 Doc. 3 Certificado Informativo de Referencia de Alquiler Vivienda 86 m2 .  

En el Documento 1, información de una empresa especialidad en alquileres, establece que el  precio medio del alquiler en Aranjuez sobre metros cuadrados útiles es de 11,60€ m2 . Con estos  datos y en referencia a dos de los tipos de viviendas sobre los que oficialmente se han  trasladado datos sobre los metros útiles, los resultados serían: 

Vivienda 38 m2 habitables ( 1 habitación )……… 11,60€ x 38 m2 = 440,40€ 

Vivienda 75 m2 habitables ( 3 habitaciones).......... 11,60€ x 75 m2= 870,00€ 

Estos serían los precios del mercado según EL IDEALISTA, que hasta el momento nada tienen que  ver con precios de alquiler asequible, porque no están por debajo del precio del mercado. 

Atendiendo los datos de los Documentos 2 y 3, estableciendo una simulación en una calle  cercana a las viviendas del Plan VIVE, en comunidad de vecinos y con condiciones similares,  tenemos lo siguiente: 

Vivienda de 44 m2 construidos (en este caso el referente es sobre metros construidos) el  valor de referencia del mercado es entre 403,45 € y 584,40€ 

Vivienda de 86 m2 construidos, el valor de referencia del mercado es de 520,83€ y  726,75€ 

Recordamos, en este momento, que la propuesta de alquiler de las viviendas del Plan VIVE, sin  tener en cuenta los gastos añadidos, porque estamos valorando el precio de partida del alquiler  que es el que tiene que ser asequible, rechazando los otros gastos, son los siguientes (siguiendo  con los ejemplos tomados) 

Plan Vive vivienda 44 m2 construidos y 38 habitables…… 546,00€ 

Plan Vive vivienda 86 m2construidos y 75 habitables…… 815,00

habitación,  están muy por encima de precio medio del marcado en nuestra ciudad: con la referencia del 

IDEALISTA un 24,10% por encima y considerando el valor medio de la horquilla del Certificado  Informativo de Referencia un 10,54% por encima. 

La segunda observación objetiva, es que las viviendas de 3 habitaciones tienen una proyección 

distinta: con referencia del IDEALISTA estaría por debajo en un 6,32% y considerando el valor  medio de la horquilla del Certificado Informativo de Referencia un 29,40% por encima. 

La primera conclusión a la que debemos llegar es que en ninguno de los casos el valor de  renta, sin contar otros gastos añadidos, se puede considerar que sea un valor de renta  asequible. Tan solo en una comparativa el precio está un poco por debajo, cuando en las  otras tres el precio está muy por encima de lo que podríamos establecer un PRECIO DE  MERCADO. NO SON VIVIENDAS EN ALQUILER ASEQUIBLES. 

Considerando que pudieran no tenerse en cuenta estos datos, puesto que el propio decreto no  define ni hace referencia

al concepto ASEQUIBLE, sí la propaganda y sí la promotora, debemos  valorar otros datos objetivos, que nos llevan a la misma conclusión. 

Recordamos, también, que el PLAN VIVE de Aranjuez oferta viviendas denominadas de  protección pública de precio básico (VPPB), que recordamos que son viviendas de protección  pública destinadas a personas con ingresos más bajos cuya renta debe estar entre 1.5 veces  y 5,5 veces el IPREM. 

También retomamos que el decreto, en el artículo 7.1.d) establece QUE EL IMPORTE DE LA  RENTA ANUAL A ABONAR NO EXCEDA DEL 35% DE LOS INGRESOS NETOS ANUALES DE LA  UNIDAD DE CONVIVENCIA. 

Es imposible poder establecer una retención mínima para poder llegar al Neto, toda vez que son  muchas las situaciones distintas en las que se condiciona. PARA PODER ESTABLECER UNA  APROXIMACIÓN A LO QUE PUDIERA SER UN INGRESO NETO DENTRO DE LOS LÍMITES  ESTABLECIDOS: 


TOTAL 

DESCUENTOS 

NETO 

35% 

MES

1,5 veces IPREM 

12.600 € 

4,70 +0,23+1,1+ Ex 

11.840 € 

4.144 € 

345 €

2 veces IPREM 

16.800 € 

4,70 +0,23+1,1+ Ex 

15.787 € 

5.525 € 

435 €

3 veces IPREM 

25.200 € 

4,70 +0,23+1,1+ 15 

19.900 € 

6.965 € 

580 €

4 veces IPREM 

33.600 € 

4,70 +0,23+1,1+ 18 

25.526 € 

8.934 € 

744 €

5,5 veces IPREM 

46.200 € 

4,70 +0,23+1,1+ 22 

33.250 € 

16.170 € 

1.347 €



Con esta prudente aproximación, queda suficientemente claro que la realidad indica que para  poder empezar a valorar la posibilidad de acceder a los alquileres previstos, sin tener en cuenta  los gastos complementarios, tan solo podrían acceder aquellas personas o unidades familiares,  incluso con correcciones, que ingresen más de 3 veces el IPREM, el resto nada. 

Tres veces el IPREM, posible acceso a viviendas de 1 dormitorio, imposible con costes  añadidos. 

Cuatro veces y cinco veces y media el IPREM, a todas, condicionado a los costes  complementarios. 

En consecuencia, la comprobación con datos nos lleva a CONCLUIR que: el concepto de  vivienda de alquiler asequible basado en dos condiciones recogidas en el Decreto 84/2020 de 7  de octubre del Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7 en su punto 1 y apartados  c y d), NO SE CUMPLE EN LA OFERTA DEL PLAN VIVE EN ARANJUEZ. 

Por lo que, atendiendo a la propuesta aprobada en el Pleno Ordinario de la Corporación  Municipal del mes de abril del año en curso, en el punto 8º del Orden del Día y en lo establecido  en el punto 1º de esta, venimos a proponer, siempre que se mantenga las condiciones de los  gastos complementarios añadidos a la oferta, como son: gastos comunitarios de hasta un 18%, el  pago del IBI y la tasa de basura, así como los que pudieran ocasionar los gastos de garaje y  trastero, lo siguiente, en pro de la defensa de los vecinos y vecinas de Aranjuez con menor nivel  de renta: 

1. Que se tomen como referentes de precios del mercado libre los siguientes, para  establecer una renta de alquiler asequible aplicando una rebaja de entre el 20% y el  35% a estos para que las rentas de 1,5 veces a 3 veces el IPREM puedan acceder a optar  en igualdad que el resto de rentas de hasta 5,5 veces el IPREM. 

1.1. Viviendas de una habitación: renta de alquiler que debería ser 345€; lo que supone  un 21,6% por debajo del valor del precio de mercado según el IDEALISTA y un 30% por  debajo del valor medio del mercado según Certificado Informativo de Referencia. Lo que  estaría dando posibilidad de acceso a las rentas más bajas previstas en el Decreto,  realidad hoy imposible. 

1.2. Viviendas de dos habitaciones: renta de alquiler que debería ser 425€; no existe  referente por no aparecer metros construidos y habitables. La disminución en en la  misma cantidad sobre el precio anunciado. 

1.3. Viviendas de tres habitaciones: renta de alquiler que debería ser 580€; lo que  supone un 33% por debajo del valor del precio de mercado según el IDEALISTA y un  7,02% por debajo del valor medio del mercado según Certificado Informativo de  Referencia. Lo que daría más oportunidades a todo tipo de rentas, incluidas las de hasta  3 veces el IPREM, realidad hoy imposible.  

2. Que se haga un estudio objetivo en los servicios técnicos del Ayuntamiento de  Aranjuez, valorando el contenido de la propuesta y en el caso de que no se corresponda  con la realidad que se lleve a cabo un informe técnico oficial con lo que se con lo que se  debe considerar un alquiler asequible, para que todas las rentas establecidas en el  Decreto 84/2020 puedan acceder y en consecuencia el decreto se cumpla.