Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se ajustarán al modelo normalizado del Ayuntamiento de Aranjuez, modelo 134, que se encuentra disponible en la web municipal, www.aranjuez.es/empleo y podrán presentarse de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Aranjuez o a través de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; previo abono de la tasa por derechos de examen, en ambos casos.
El BOCM publicó en el día de ayer las bases específicas para la elaboración de una Bolsa de Empleo de Técnico de Administración Especial, Rama Económica, para posteriores nombramientos interinos y/o contrataciones temporales en el Ayuntamiento de Aranjuez. Las Bases fueron aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el pasado 3 de diciembre de 2020, como ya anunció la Alcaldesa en rueda informativa.
El sistema escogido para la creación de la Bolsa de Empleo es el de concurso-oposición libre y la finalidad es la de proveer las vacantes y sustituciones transitorias de sus titulares, así como la de cubrir las necesidades de carácter urgente que no puedan satisfacerse con efectivos de la plantilla municipal.
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán estar en posesión del título de licenciado/grado en Derecho, Economía y/o Administración y Dirección de Empresas, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, así como del resto de los requisitos que se establecen en las bases de la convocatoria.
El proceso selectivo constará, en primer lugar, de la Fase de Oposición que, a su vez, consistirá en un ejercicio, obligatorio y eliminatorio, que constará de preguntas tipo test y de preguntas teórico-prácticas y, en segundo lugar, de la Fase de Concurso, en la que se valorará el desempeño de puestos de igual o superior categoría en la Administración local y en otras administraciones, cursos de perfeccionamiento realizados en materias relativas al puesto de trabajo a desempeñar y estudios superiores reglados por encima del nivel de licenciatura/grado (máster oficial, máster propio o doctorado).
Por otro lado, sólo se procederá a puntuar la Fase de Concurso a los aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición. En caso de empate, se decidirá a favor del aspirante que haya obtenido más puntuación en la Fase de Oposición.
Una vez el Tribunal Calificador eleve la lista definitiva, en la que habrán de figurar los aspirantes que habiendo superado las pruebas queden incluidos en la Bolsa de Empleo y cuyo orden de prelación quedará determinado según la puntuación final obtenida por cada uno de ellos, éstos deberán acreditar que reúnen todos los requisitos exigidos no pudiendo ser nombrados, y quedando anuladas todas sus actuaciones, quienes no reúnan dichos requisitos.
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