jueves, 23 de abril de 2020

Calendario de moratoria sobre el pago de impuestos en Aranjuez

El Ayuntamiento de Aranjuez, para dar respuesta a las dificultades que la situación excepcional generada por el COVID-19 está ocasionando a los ribereños en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias municipales, sigue trabajando y adoptando medidas que, en el ámbito de sus competencias, vengan a dar un respiro temporal al bolsillo de los ribereños.

Por ello, a las medidas fiscales ya adoptadas los pasados 26 de marzo y 5 de abril, viene a sumarse ahora la de revisión de los vencimientos de pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI) urbano en los siguientes términos:
1. Ampliación, en casi un mes y medio, del plazo del período voluntario de pago del IBI de naturaleza urbana, y que estaba comprendido entre el 4 de mayo y el 3 de julio, hasta el día 14 de agosto de 2020.
2. Aplicación de una moratoria en la fecha de cargo prevista de los recibos domiciliados con carácter general del IBI urbano, que pasa del 4 de junio al 22 de junio.
3. Aplicación de una moratoria en la fecha de cargo de los recibos domiciliados de los inmuebles que, de acuerdo con la normativa catastral, tengan asignado un uso comercial o de ocio y hostelería, para los que el cargo en cuenta previsto el 4 de junio se sustituye por el 20 de julio.
4. Ampliación hasta el día 30 de abril de 2020, es decir, un mes más respecto a lo previsto, del plazo para solicitar la bonificación de la cuota del impuesto para las familias numerosas y para la adhesión al Sistema Especial de Pago fraccionado sin intereses sobre el IBI en dos plazos del 40% y del 60% del total.
5. Aplicación de una moratoria de un mes en las fechas de cargo de los plazos del Sistema Especial de Pago fraccionado sin intereses sobre el IBI urbano, de modo que no se pasará al cobro hasta el día 6 de julio de 2020 el plazo del 40% y hasta el día 9 de noviembre de 2020 el restante plazo del 60%.

No hay comentarios:

Publicar un comentario