Colectivos ecologistas y vecinales piden al Ministerio que frene la desprotección de las vías pecuarias de Madrid
La Plataforma Ecologista Madrileña y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid se han dirigido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para alertar de la reforma legal que impulsa la Comunidad de Madrid y que, a su juicio, pone en riesgo la protección efectiva de las vías pecuarias. Las organizaciones advierten de que el cambio normativo abre la puerta a su desclasificación como suelo protegido y reclaman la intervención del Estado para salvaguardar la Red Nacional de Vías Pecuarias.
Los colectivos que forman la Plataforma Ecologista Madrileña y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) han remitido un escrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el que expresan su profunda preocupación por la modificación que la Comunidad de Madrid introduce en el Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el incremento de la oferta de vivienda con protección pública promovido.
Para ambos colectivos, aprovechar una ley de vivienda para alterar la protección de las vías pecuarias supone un cambio “encubierto” que puede tener consecuencias muy graves sobre un patrimonio público de enorme valor ambiental, social y cultural. En concreto, denuncian la reforma del artículo 25 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias, que hasta ahora obligaba a que las vías pecuarias fueran clasificadas en el planeamiento urbanístico como suelo no urbanizable de protección. Y, sobre todo, sustituye la obligación clara de “calificar” estas vías como suelo protegido por una fórmula ambigua que se limita a señalar que el planeamiento deberá “contemplar” esa protección.
La redacción vigente ha sido interpretada desde 1998 como una obligación clara de adscripción a la categoría de suelo no urbanizable de protección, asegurando su preservación frente a procesos urbanizadores. La nueva formulación, carente de significado urbanístico, elimina esa garantía efectiva, introduce inseguridad jurídica y abre la puerta a interpretaciones que podrían desembocar en su omisión o debilitamiento dentro del planeamiento
Para la Plataforma Ecologista Madrileña y la FRAVM, este cambio terminológico no es neutro. “Calificar” implica una obligación jurídica concreta; “contemplar” puede quedarse en una mera declaración sin efectos reales. A su juicio, esta sustitución vacía de contenido la protección efectiva y abre la puerta a interpretaciones que podrían facilitar su integración en desarrollos urbanísticos.
Las organizaciones recuerdan que las vías pecuarias son bienes de dominio público cuya conservación es una obligación legal establecida en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias de ámbito estatal. Además de su función histórica ligada a la trashumancia, desempeñan hoy un papel esencial como corredores ecológicos y espacios de conexión territorial.
En la Comunidad de Madrid, esta red incluye cañadas de gran relevancia como la Cañada Real Segoviana, la Cañada Real Galiana y la Cañada Real Soriana Oriental, ejes históricos que podrían integrarse en la futura Red Nacional de Vías Pecuarias. Para los colectivos, cualquier debilitamiento de su protección urbanística compromete no solo el patrimonio madrileño, sino la coherencia del sistema estatal de protección.
Por todo ello, solicitan al Ministerio que analice el alcance real de la reforma y que, en el ejercicio de sus competencias en materia de medio ambiente y defensa del dominio público, actúe para impedir una desprotección efectiva de la red madrileña.
Asimismo, las asociaciones que forman la Plataforma Ecologista Madrileña y la FRAVM han trasladado esta misma preocupación al consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, al que piden que retire la modificación prevista y mantenga la obligación expresa de clasificar las vías pecuarias como suelo no urbanizable de protección, reforzando —y no debilitando— las garantías que preservan este patrimonio común. De momento el viceconsejero se ha mostrado abierto a introducir cambios en la redacción del artículo 25, que esperamos vayan en la dirección solicitada.
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