domingo, 25 de noviembre de 2018

Ecologistas en acción denuncia la usurpación de las vías pecuarias

Ecologistas en acción ha remitido un nuevo escrito de denuncia en el que saca a la luz publica la usurpación de vías pecuarias y el delito tipificado en la legislación actual

Subdirección General de Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Consejeria de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
C/Gran Vía 3, 28013 Madrid

Noviembre - 2018


_____________________________________con DNI nº  ____________________  domicilio a efectos de notificación e________________________________CP 28300 de Aranjuez, correo electrónico_______________________, en mi propio nombre y representando a ____________________

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley 27/2006 de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambienteasí como, la Ley 19/2013 de Transparencia y Acceso a la Información Pública,mediante este escrito:

EXPONE

Primero.- En relación con la vía pecuaria de nombre Vereda de Colmenar código 2801308 término municipal de Aranjuez, que discurre a lo largo del  Paseo de Colmenar perteneciente al Soto Histórico de las Doce Calles. 

Segundo.- Dicha vía pecuaria se encuentra asfaltada en todo su recorridopermitiendo un tráfico rodado de todo tipo de vehículos, en ambas direcciones, conculcando el art. 43 sobre usos prohibidos, puntos 5 y 6 de la Ley 8/1998 de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Tercero.- La vereda de Colmenar, es usada por multitud de personas, cicloturistas, senderistas, etc., una ganadería ovina cercana lo utiliza de manera habitual, incluso grupos de anátidas  semisalvajes como el pato azulón y las ocas, acostumbran a solazarse por toda la calzada.
Ambos usos, el prohibido y el autorizado expuesto anteriormente, conviven en la misma vía, suponiendo un peligro considerable de accidentes -por la excesiva velocidad de algunos- o daños importantes incluidos mortales, a la parte mas débil, como peatones y animales
Un colegio próximo utiliza la vía en alguna ocasión, para hacer deporte a la carrera con niños y niñas.

Cuarto.- No existe apenas control de la velocidad, por parte de la policía local, situación ésta que aprovechan algunos por el buen estado del asfalto, para utilizarla como vía rápida, donde la limitación de 20 km/hora establecida, no se cumple en absoluto.  

Quinto.- Esta proyectado un  paseo fluvial con recorridoPuente Barcas – Paseo Chillones – Puente del Castillo, junto al cauce del río Tajo. La parte correspondiente a Puente Barcas - Pº Chillones, ya esta ejecutada, quedando pendiente el tramo  de la vereda de Colmenar. 

Sexto.- En ningún caso, se podría justificar la necesidad de ocupación de la vía pecuaria para el uso de vehículos motorizados por carencia de alternativasdado queaestablecimiento del camping, se accede por el Paseo del Embarque, cruzando la vía en un pequeño tramo de 20-30 m.

SOLICITA

Primero.- Se cumpla la Ley 8/1998 de Vías Pecuarias de la CAM en todo el recorrido de la vereda de Colmenar,prohibiendo el tránsito de vehículos motorizados, sin autorización.

Segundo.- Procedan a la señalización adecuada, como establece el art. 17, mediante la instalación de dos tipos de señales verticales:
a) Prohibición de paso.  Con un subcartel inferior que diga "Excepto vehículos autorizados".
b) "Vía Pecuaria. Consérvala", con  subcartel inferior donde se advierte que "está prohibida la circulación de vehículos a motor". 

Tercero.- Implementar, en acuerdo y coordinación con el gobierno municipal, de un sistema de vigilancia de la policía local, para que se cumpla la prohibición.

Cuarto.- Para el mejor cumplimiento de lo apuntado en los puntos precedentes, seria conveniente la instalación de algún tipo de vallado, bolardo, barrera u obstáculo efectivo.  

Quinto.- Caso de no considerar favorable la solicitud descritanos remitan justificación del motivo alegado.

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