RINCÓN DEL VECINO

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miércoles, 6 de noviembre de 2024

Policía Local identifica al propietario de unas sacas de escombros dejadas en la vía pública


La
s novedades más reseñables de ayer martes 05/11/2024, fueron las siguientes;

 
TRÁFICO
- Regulación de tráfico en la entrada y salida de centros escolares.
- Control de documentación ciclomotores
-
SEGURIDAD CIUDADANA
- Auxiliamos a varón caido en interior de su portal, siendo trasladado por recurso sanitario al H. del Tajo.
- Intervención junto con Bomberos por el saneamineto de un tejado con riesgo de caida de tejas.
- Captura de un animal que alteraba el tráfico en la Crta. de Ontígola.
- Auxiliamos a varón desfallecido, siendo atendido in situ por recurso sanitario, no precisando traslado.
- Localización de la propiedad de un vehículo dañado.
- Identificación de menores que se encontraban quemando enseres en vía pública.
- Traslado de una paciente psiquiatrica al H. del Tajo, por encontrarse descompensada.
 
POLICÍA ADMINISTRATIVA
- Localización de la propiedad de unas sacas de escombro para su retirada de la vía pública.
- Varios avisos a servicios municioales por falta de alumbrado público.
- Notificaciones judiciales.
- Vigilancias establecidas.

martes, 5 de noviembre de 2024

COALICIÓN POR ARANJUEZ HACE UNA VALORACIÓN SOBRE LA "TASA DE BASURA"

 

NOTA INFORMATIVA TASA DE LA BASURA EN ARANJUEZ
En el pleno extraordinario y urgente del martes día 5 de noviembre, los concejales y concejalas del Partido Popular y de Vox del Ayuntamiento de Aranjuez, han aprobado con su mayoría absoluta la imposición de la Tasa de Basura, aplicando solo sus únicos criterios, y con la posición contraria del resto de grupos municipales.

No ha habido un trabajo responsable compartido con la oposición con el tiempo suficiente, para poder valorar, dentro de las posibilidades, una propuesta equivalente, equilibrada, consensuada y capaz de reconocer de forma adecuada los esfuerzos que se realizan por reciclar. Tampoco se ha contado con un mínimo informe de impacto económico de cara a las distintas actividades sectoriales de nuestra ciudad.

La Ley 7/2002 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, aprobada en el Congreso de los Diputados con la abstención del Partido Popular, es decir, con el visto bueno indirecto, estableció un período de tres años para la puesta en marcha de una tasa con el criterio de quien contamina paga.

Lejos de atender esta situación, habiendo tomado decisiones durante estos tres últimos años, el gobierno del PP y Vox en el Ayuntamiento de Aranjuez, han esperado hasta la última hora y el último minuto, para aprobar una Tasa de Basura, tremendamente injusta, bajo la excusa, ya manida de que la culpa es del Presidente del Gobierno. La culpa es de quienes han estado en los gobiernos municipales durante estos últimos años y nada han hecho por facilitar el reciclaje a los vecinos y vecinas. No es culpa de los vecinos y vecinas que no hayamos contado con puntos para el compostaje colectivo, no ha sido culpa de los vecinos y vecinas, ni de los distintos negocios, que no se haya trabajado para contar con un proceso de recogida que pudiera determinar el volumen de reciclaje y, por consiguiente, situarnos en mejores condiciones, no solo para con nuestro medioambiente, también para la aplicación de la tasa. NADA.

NADA se ha hecho por contar con la opinión de los vecinos y vecinas, sobre las posibilidades de atenuar el reparto de la menor carga. Nada se ha trasladado ni debatido con las asociaciones de vecinos y vecinas, nada con el tejido empresarial y social, nada con las grandes empresas, nada, en definitiva, con el tejido asociativo representativo de nuestra ciudad. Por cierto, el mes de alegaciones, no es un mes de consultas, lo es de alegaciones técnicas, el periodo de consultas es previo y no han contado con él, bajo el pretexto de que la Ley no obliga.
Ante este concepto de participación ciudadana, “solo si me obliga la ley”, sin contar con nadie, se ha establecido un criterio de reparto de la carga del total del coste de todo el servicio de recogida, transporte y  tratamiento: 4.309.637,42€ y criterios para la determinación de la carga y la cuota tributarias.

El total del coste se ha establecido mediante la suma del coste de la organización del servicio:
3.022.437,76€ y del coste de la generación de residuos: 1.287.199,66€. Esta diferenciación ha determinado unas CUOTAS FIJAS Y VARIABLES, en función de inmuebles residenciales y no residenciales.
CARGA TRIBUTARIA: Para determinar el volumen que pudiera corresponder a los inmuebles residenciales y no residenciales, se ha tomado como referente el total de metros cuadrados de todos en conjunto, estableciendo un porcentaje lineal y directo sobre los metros cuadrados de cada uno de ellos, sin contar con la singularidad de estos. Los porcentajes aplicables para inmuebles residenciales será del 64,687%, y del 35,313% para los no residenciales. Estos mismo, se aplicarán para el reparto de los costes de organización del servicio, que determinará la Cuota Fija y de generación de residuos, que determinará la Cuota Variable.
l
CUOTA FIJA: corresponde al pago de los vecinos y vecinas en función del uso del inmueble y la organización del servicio, determinando el reparto de la carga en función de los metros, para posteriormente tomar como multiplicador el valor catastral del inmueble.
• Residencial: 0,00086056 por el valor catastral del inmueble.
• No Residencial: 0,00130781 por el valor catastral del inmueble.
CUOTA VARIABLE: corresponde al pago de los vecinos y vecinas en función del uso del inmueble y la generación de recurso, determinando el reparto de la carga en función de los metros, para posteriormente tomar multiplicador el valor catastral de los inmuebles no residenciales y las personas empadronadas de los inmuebles residenciales.

• Residencial: 12,70€ por persona empadronada
• No Residencial: 0,00055697 por el valor catastral del inmueble.
La norma dicta que se pueden establecer exenciones, los concejales del PP y Vox no han establecido ninguna exención, que podrían haberse determinado para familias y actividades, en función de un criterio claramente definido en la Ley, como es el de capacidad económica, tanto para familias como para autónomos y otras empresas.

Se han establecido supuestos de no sujeción: inmuebles que hayan sido declarados en ruina, solares, garajes individuales vinculados a inmuebles de uso residencial, ni trasteros con las mismas características (sin determinar como aplicar esta no sujeción, cuando el garaje o trastero estén incorporados en el valor catastral, y no cuenten con determinación separada), y los supuestos por gestor autorizado.

En relación con las bonificaciones de la tasa, todos los supuestos aprobados son claramente
insuficientes, cicateros y poco comprometidos con la situación de las personas y de las familias y con el reciclaje. La Ley establece que se debe aplicar una reducción a aquellas personas o familias que evidencien falta de recursos económicos, teniendo en cuenta las circunstancias de que el contribuyente sea beneficiario de una renta mínima de inserción o que los ingresos de su unidad familiar no superen el importe del salario mínimo interprofesional en función del número que componga la familia, pero NO SE HA TENIDO EN CUENTA NINGUNO DE ESTOS INDICADORES sociales, a pesar de que es una de las situaciones en las que la Ley plantea que se puede bonificar en función de lo que se determine en cada administración local. Hay ayuntamientos que han determinado bonificaciones del 50% y más para familias en situación de riesgo de exclusión social. En Aranjuez el PP y Vox han aprobado un 25% de la cuota total, cuando el margen puede ser mucho mayor.
En referencia al reciclaje, objetivo principal, no se ha tenido en cuenta el esfuerzo que todos los vecinos y vecinas realizamos, y solo se establece una bonificación de un 10% sobre la cuota a las familias que acrediten la instalación de compostaje doméstico o comunitario, irrisorio, como lo es lo establecido para los comercios y restaurantes, una bonificación del 25%. Eso sí, se han establecido bonificaciones de hasta el 40% y el 60% para familias numerosas, en la cuota variable, sin tener en cuenta su capacidad económica.

EJEMPLO DE LA TASA:
Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, de unos 75 m2, que en función de la zona puede variar su valor catastral, pero estableciendo una media aproximada de 50.000€, la cuota a pagar sería de
(50.000x0,00086056) + (12,70x4) = 93,828€.

Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, de unos 100 m2, que en función de la zona puede variar su valor catastral, pero estableciendo una media aproximada de 70.000€, la cuota a pagar sería de
(70.000x0,00086056) + (12,70x4) = 111,04€.

Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, y con un valor catastral de 100.000 € (aprox
140m2), la cuota a pagar sería de (100.000x0,00085056) + (12,70x4) = 135,86€

No Familiar: Local de unos 75 m2, cuyo valor catastral puede variar en función de la zona, pero estableciendo un valor medio de 31.000€, la cuota a pagar es de (31.000€x0,00186478) = 57,81€,
independientemente de su actividad.

No Familiar: Local de unos 100 m2, cuyo valor catastral puede variar en función de la zona, pero estableciendo un valor medio de 50.000€, la cuota a pagar sería de (50.000€x0,00186478) = 93,24€

No Familiar: Local con un valor catastral de 100.000€ (aprox 250m2), la cuota a pagar sería
(100.000x0,00186478) = 186,48€

La principal duda, que nos surge al respecto, es que el valor catastral no es el único indicador de capacidad económica, el valor catastral que se toma como referente patrimonial para la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, está establecido en función de la antigüedad de la vivienda o del local, la zona donde esté ubicado, etc., por lo que nos podemos encontrar que locales y viviendas de las mismas dimensiones, en distintas zonas de Aranjuez, tengan valores catastrales muy distintos, y que la capacidad económica de sus propietarios, no podrá establecerse única y exclusivamente con indicador de capacidad económica. Hay una variable que es igual para todos, y coeficientes que se podría haber aplicado en base a las zona de ubicación del inmueble y la actividad de este. NADA SE HA HECHO AL RESPECTO Y NADA SE HA TENIDO EN CUENTA, PARA ESTABLECER UNA CUOTA MÁS JUSTA.

Un local en el centro de la ciudad, en el Casco Antiguo, de unos 100 m2, donde se lleve a cabo una actividad de restauración o bar, con una terraza de unos 10, 20, 30, 40 m2, solo pagará por el local y el valor catastral de. Siendo un local relativamente antiguo, su valor catastral será más bajo que el de otro de otra zona con las mismas dimensiones pero con un valor más actualizado y sin terraza en dominio público. Este segundo, más pequeño, sin terraza en la calle, pagará bastante más que el primero, con menos espacio para su actividad, potencialmente generando menos residuos. Del mismo modo, viviendas antiguas de 75 ó 100 m2 pagarán bastante menos que viviendas más nuevas con los mismos metros.
Nuestro Grupo Municipal ha votado en contra de la aprobación de la Tasa de Basura, por la falta de consulta previa y de preparación en el tiempo, por inducir a lo extraordinario y urgente, y, decididamente, por criterios para el establecimiento de la cuota injustos y poco articulados, así como por incorporar exenciones no explícitas, o bonificaciones cicateras e incomprensibles, no teniendo en cuenta situaciones familiares con todas las opciones que se podrían plantear, y por no compensar claramente el esfuerzo de reciclaje de los vecinos y vecinas por falta absoluta de previsión políticas de quienes hoy aprueban este TASAZO. NO
ESTAMOS DE ACUERDO Y EXIGIREMOS SU REVISIÓN, ASÍ COMO BUSCAR FORMAS DE PARA REBAJAR LA PRESIÓN FISCAL. EL PP Y VOX, HAN APROBADO LA MAYOR PRESIÓN FISCAL PARA LAS FAMILIAS EN SOLO EJERCICIO, SIN NINGUNA REDUCCIÓN DE OTROS IMPUESTOS, Y SOLO ELLOS SON LOS RESPONSABLES.


EL PSOE ARANJUEZ HACE UNA VALORACIÓN SOBRE LA "TASA DE BASURA"

 

El PSOE vota en contra de una tasa de la basura cuyo 
afán es solamente recaudatorio, sin el objetivo de impulsar que, cada vez, se generen menos residuos

Óscar Blanco: “esta aprobación, que no bonifica ni a personas en riesgo de exclusión social ni a quienes se preocupen por generar menos residuos, no es más que una muestra más de la demagogia del señor Gómez, que critica mucho la tasa pero se ha apresurado para poder
cobrarles a los vecinos y vecinas desde el primer mes del próximo año con esta aprobación
urgente, cuando tenía ed plazo hasta el 10 de abril de 2025”

El Gobierno municipal de Partido Popular y Vox, liderado por Miguel Gómez, ha aprobado hoy
martes la tasa de la basura en un Pleno extraordinario y urgente en el que el alcalde volvió a
mentir afirmando que se trata de una imposición del Gobierno de España. El portavoz socialista Óscar Blanco se ha referido a la urgencia expresando que “esta normativa, que viene de la Unión Europea, dentro del marco de residuos, se conoce desde 2008, y se podía haber debatido y consensuado, como ha sido la intención de toda la oposición, y se podía haber presentado con un tiempo razonable, ya que la normativa dice que hay tiempo para aprobarla hasta el 10 de abril de 2025”. Para Blanco, “esto no es más que una muestra de la demagogia del señor Gómez, que critica mucho la tasa pero se ha apresurado para poder cobrarles a los vecinos y vecinas desde el primer mes del próximo año con esta aprobación urgente”.
El portavoz socialista sostiene que “esta normativa europea estableció, inicialmente, unos objetivos muy ambiciosos para la reutilización y reciclado de los residuos municipales”. La normativa marcaba que para 2020 tenía que haber una reducción del 50%, “que no hemos cumplido”, para el 2025 una reducción del 55% de los residuos, del 60% en el 2030 y del 65% en el 2035. “Además, -ha explicado Blanco- se marcaba un calendario para la recogida separada de ciertas facciones de residuos municipales obligatorios, como los bioresiduos, antes del 31 de diciembre de 2023, por lo que vamos ya casi con un años de retraso, o los residuos domésticos peligrosos, como por ejemplo el aceite, antes de acabar el presente año, por lo que también llegamos tarde”.

La directiva obliga a los Estados miembros a poner en marcha instrumentos económicos para
promover el principio de jerarquía numerando varios ejemplos, entre los que se encuentran las
tasas. El portavoz sostiene que “esta normativa tiene dos elementos clave que esta tasa que ha aprobado el Gobierno municipal no cumple, porque esta ordenanza debería haber venido a la vez con un Plan de Gestión municipal de Residuos, que marcara los objetivos para cumplir con la directiva europea a la hora de conseguir una reducción sustancial de residuos en la ciudad, de tal forma que la propia ordenanza recogiera incentivos y bonificaciones a quien fuera cumpliendo con esos objetivos, algo que esta norma no recoge”.

Por otra parte, “se podían establecer beneficios y bonificaciones a las personas en riesgo de
exclusión social, algo que esta norma que han aprobado tampoco contempla”. En este sentido, Blanco ha incidido en que “desde el PSOE ya les advertimos que esto no estaba recogido y propusimos una bonificación de hasta el 95% para aquellas personas que se encuentren cobrando la Renta Mínima de Inserción o el Ingreso Mínimo Vital, pero el Partido Popular y Vox han decidido no incluirlo en la ordenanza”.

Además, el PSOE propuso en el debate de la ordenanza que se incluyese para los no residenciales la cuota variable en función de la actividad, marcando tres niveles: un primer nivel para el ámbito comercial, cultural, deportivo, oficinas, edificios singulares y religiosos, otro nivel para la hostelería y la sanidad y un tercer nivel para la industria y almacenes, y planteamos que se tuviera en cuenta la generación de residuos en la actividad económica que utilice el dominio público, algo que en esta ordenanza no ha recogido”.

Por otra parte, desde el grupo socialista también se plantearon bonificaciones “para aquellas actividades que tuvieran la obligación de tener planes propios de gestión de residuos, que no los van a generar y que, sin embargo, van a tener que pagar, siendo contrario a la normativa
europea”.

El portavoz socialista ha lamentado la incongruencia del Gobierno municipal, “porque no se sabe si están en contra de la norma o de sus propios compañeros, que primero impulsaron en el parlamento europeo en 2008 y que tampoco votaron en contra de la ley en el Congreso de los Diputados”. Para Blanco, “la norma lo que dice es que pague más quien más residuos genere, con el objetivo de que se vayan reduciendo paulatinamente estos residuos, y esta ordenanza que acaban de aprobar no cumple con ese principio, porque no penaliza a quienes más generan, socializando su pago entre todos y, sin embargo, no beneficia a quienes sí hacen el esfuerzo, desincentivándolo”.

Blanco ha concluido recordando al Gobierno municipal que “lo que también dice la norma es que lo que se va a recaudar con esta norma, 4,3 millones de euros, se tiene que invertir en medidas que faciliten la reducción de generación de residuos, y no se puede invertir en otra cosa, por lo tanto esperamos que pongan en marcha iniciativa como ese Plan municipal de Gestión de Residuos que haga que los ciudadanos y ciudadanas vayan, cada vez, pagando menos porque cada vez se generen menos residuos”.

LA TASA DE BASURA SE IMPONE EN ARANJUEZ

 




















ARANJUEZ, AL IGUAL QUE EL RESTO DE LOS MUNICIPIOS DE ESPAÑA, APRUEBA LA TASA DE BASURAS IMPUESTA POR EL GOBIERNO ESTATAL A TRAVÉS DE LA LEY 7/2022
A pesar del compromiso demostrado por el Gobierno local de no aumentar los tributos y precios públicos, por imperativo legal del actual Gobierno de España, se ha visto obligado a crear la nueva tasa de basuras.
El Gobierno municipal ha buscado la fórmula que menos impacte en el bolsillo de los vecinos, teniendo en cuenta que esta tasa obliga a los ciudadanos a cubrir el coste total del gasto de gestión de residuos, en el caso de Aranjuez suma un total de 4,3 millones de euros.

La tasa residencial se distribuirá en función del valor catastral y del número de empadronados, el 81% de las cuotas fijas son inferiores a 100 euros al año.
El Gobierno municipal seguirá manteniendo congeladas el resto de tasas e impuestos.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular transpone varias directivas comunitarias, entre ellas la Directiva 2018/851 de residuos y obliga a establecer una tasa de residuos a las entidades locales en 2025.
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La Directiva Europea es una modificación de la Directiva Marco de Residuos (Directiva 2008/98/CE) y no impone directamente a los Estados miembros la obligación de establecer las tasas de basuras.

De manera que esta tasa es una imposición del Gobierno de España que obliga a los Ayuntamientos a repercutir íntegramente al ciudadano el coste total de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de residuos, sin ni siquiera permitir que el municipio apoye a sus contribuyentes asumiendo parte del mismo.
La implantación obligada de esta tasa supone un ataque contra la autonomía municipal al impedir que los Ayuntamientos y Entidades Locales hagan uso de su libertad a la hora de elegir su modelo de financiación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos, sin considerar el tamaño, población, recursos económicos o situación financiera de cada municipio.

El Gobierno municipal ha buscado la fórmula que menos impacte en el bolsillo de los vecinos, teniendo en cuenta que esta tasa obliga a los ciudadanos a cubrir el coste total del gasto de gestión de residuos, en el caso de Aranjuez suma un total de 4,3 millones de euros. De estos 4,3 millones de euros, casi un 20% lo recauda el gobierno de España a través del ‘Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos’.
Por lo que utilizan a los Ayuntamientos como recaudadores del citado tributo, obligando a repercutir dichos costes a sus ciudadanos.

En cuanto a la tasa aprobada, se va a dividir en dos tramos: la parte residencial y la parte comercial.
Respecto a la parte residencial, se va a estructurar en dos cuotas, una fija y otra variable. La cuota fija se va a definir en función del valor catastral de la vivienda y
la variable en función del número de empadronados.
El 42 % de las cuotas fijas van a ser inferiores a 60 euros al año, el 81% de las cuotas fijas van a ser inferiores a 100 euros al año y el 94% serán inferiores a 150 euros al año.

Una casa de 90.000 euros de valor catastral, que es el promedio del municipio, tendría una cuota fija de 78 euros y si hay dos empadronados una cuota variable de 25,40 euros. Lo que hace un total de 103 euros al año.
En la parte comercial, tanto la cuota fija como la variable se basan en el valor catastral multiplicado por un coeficiente basado en el coste a cubrir dividido entre el valor catastral total no residencial.

El 47% de las cuotas comerciales son inferiores a 150 euros al año, el 76% de las cuotas son inferiores a 300 euros al año y el 89% de las cuotas son inferiores a 600 euros al año.

Esta ordenanza tiene en cuenta el comportamiento de los ciudadanos en la gestión de residuos.
Establece una bonificación del 25% de la cuota tributaria de los establecimientos que tengan establecidos sistemas de gestión que reduzcan de forma significativa los residuos alimenticios en colaboración con entidades de economía social carentes de ánimo de lucro.
Bonificación del 10% de la cuota tributaria en los inmuebles de uso residencial, cuando el sujeto pasivo acredite instalación de sistema de compostaje doméstico o comunitario.
Reducción del 25% de la cuota para aquellos sujetos pasivos que acrediten su dificultad para hacer frente al pago de la tasa, por disponer de escasos recursos económicos siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en la norma.

Beneficios fiscales para familias numerosas:
Reducción del 40% de la cuota variable para familias numerosas de categoría general.

Reducción del 60% de la cuota variable para familias numerosas de categoría especial.

No están sujetos a la tasa aquellos sujetos pasivos que acrediten la gestión privada de la totalidad de sus residuos a través de gestor actualizado.